Impago de la pensión de alimentos en Menorca, ¿Qué necesitas saber?

¿Quieres saber todo acerca del impago de la pensión de alimentos en Menorca? En este artículo te lo explicamos. Abogados Especialistas.

La pensión compensatoria es una prestación económica que tiene derecho a percibir el cónyuge a quien la separación o divorcio le cause un El impago de la pensión de alimentos en Menorca es un tema delicado y preocupante para muchas personas, especialmente para los progenitores que reciben la pensión. La pensión de alimentos es una obligación legal que se establece en los procesos de separación o divorcio en los que hay hijos menores de edad involucrados. Esta pensión es una cantidad de dinero que el progenitor no custodio debe pagar al progenitor custodio para contribuir a los gastos necesarios para la crianza y educación de los hijos.

Es importante destacar que el impago de la pensión de alimentos es considerado como un delito en España y está tipificado en el Código Penal. En caso de impago, el progenitor que tiene derecho a recibir la pensión puede solicitar medidas legales para reclamarla. En este artículo, vamos a explicar qué es la pensión de alimentos, qué gastos están incluidos, qué gastos no están incluidos, los motivos que permiten el impago de la pensión y qué hacer en caso de impago.

¿Qué gastos están incluidos en la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos incluye todos los gastos necesarios para cubrir las necesidades básicas de los hijos. Estos gastos, entre otros, son:

  1. Alimentación: incluye la comida y bebida que necesitan los hijos para su alimentación diaria.
  2. Vestimenta: incluye la ropa y calzado necesarios para vestir a los hijos.
  3. Alojamiento: incluye los gastos derivados del alojamiento de los hijos, como el alquiler de la vivienda, la hipoteca, el mantenimiento y la reparación de la misma.
  4. Educación: incluye los gastos relacionados con la educación de los hijos.
  5. Transporte escolar.

¿Qué gastos no están incluidos en la pensión de alimentos?

Existen algunos gastos que no están incluidos en la pensión de alimentos y que son responsabilidad de ambos progenitores, independientemente de la custodia de los hijos. Estos gastos son:

  1. Actividades extraescolares: incluye las actividades que no son obligatorias y que realizan los hijos fuera del horario escolar, como clases de música, deportes, etc. Que no se hiciesen en el momento de realizar el convenio o la sentencia, o que no se incluyesen dentro de la pensión compensatoria.
  2. Ocio: incluye los gastos relacionados con el ocio de los hijos, como viajes, cine, videojuegos, etc.
  3. Gafas de ver.
  4. Ortodoncia.
  5. Carné de conducir.

En definitiva todos aquellos gastos no previsibles ni periódicos.

¿Existen motivos que permitan el impago de la pensión de alimentos?

No, no hay ningún motivo que permita el impago de la pensión de alimentos.

De hecho, el ordenamiento jurídico le da tal importancia al pago de la pensión de alimentos que en caso de impago se permite embargar un sueldo aunque este quede por debajo del sueldo mínimo interprofesional cosa que para cualquier otra deuda no se podría hacer.

Además, se podría acudir a la vía penal ya que el impago de la pensión de alimentos es un delito.

¿Qué puedo hacer en caso de impago de la pensión de alimentos en Menorca?

Si el progenitor obligado a pagar la pensión de alimentos no cumple con su obligación, el progenitor que tiene derecho a recibir la pensión puede solicitar medidas legales para reclamarla. Las medidas legales que se pueden solicitar son:

  1. Reclamación amistosa: en primer lugar, se puede intentar una reclamación amistosa mediante un burofax. En esta reclamación, se debe solicitar el pago de la pensión de alimentos.
  2. Reclamación judicial en el Juzgado que lleve el pleito de familia: si la reclamación amistosa no funciona, o si se opta por no realizar, ya que es potestativa, se puede iniciar un procedimiento judicial para reclamar la pensión de alimentos impagada. En este procedimiento, se puede solicitar el embargo de bienes o del salario -aunque sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional- del progenitor obligado a pagar la pensión.
  3. Imposición de multas coercitivas: pueden ser del 20% de la cantidad mensual o del 50% de la cantidad total.
  4. Denunciar penalmente: si se dejan de pagar dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos se puede denunciar por un delito de abandono de familia que puede llegar a tener una pena de un año de prisión.

Abogado de Familia para Pensión de Alimentos en Menorca. ¿Qué podemos hacer por ti?

En caso de impago de la pensión de alimentos en Menorca, es recomendable contar con un abogado especializado en derecho de familia que pueda asesorar y guiar en los trámites legales necesarios para reclamar la pensión de alimentos.

En Simonet ABOGADOS tenemos un equipo de abogados que se encargarán de comprobar mensualmente que se está abonando la pensión de alimentos y, en caso de que no se pague, nos encargaremos de realizar cuantas acciones sean necesarias para que se paguen estas pensiones.

Igualmente, gracias a que en Simonet ABOGADOS también tenemos experiencia en Derecho Penal podemos a su disposición el equipo entero de abogados por si hubiese que llegar a la jurisdicción penal.

Contacta con nosotros en info@simonetabogados.com o por teléfono o whatsapp al 664 63 52 41.

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