Instancia Administrativa, ¿Qué es y cómo hacerla?

Ventanilla de atención ciudadana de un ayuntamiento de Mallorca con un impreso en el mostrador: cómo hacer una instancia administrativa

Cuando un ciudadano quiere dirigirse a la Administración por lo general no sabe cuál es el método correcto de comunicarse con el ente público al que quiere dirigirse y suele navegar en un mar de trámites y llamadas que, por lo general, no suelen acabar ofreciendo la respuesta deseada por el administrado. 

Por ello, cuando queremos realizar cualquier tipo de comunicación con la Administración lo debemos realizar en forma de Instancia Administrativa que es un documento en el que exponemos la solicitud que queremos realizar precedida de los hechos que nos llevan a solicitarla con la ventaja de que la misma queda registrada y así se inician todos los trámites burocráticos que acabarán con la respuesta que deseamos. Para trámites y recursos ante administraciones de la Comunidad Valenciana puedes apoyarte en nuestros abogados de derecho administrativo en Valencia.

¿Qué es una Instancia Administrativa?

Una instancia es un medio de comunicación con la Administración Pública por el cual un administrado, ya sea persona física o jurídica, comunica a la Administración una petición concreta dando inicio asi a un expediente administrativo.

La instancia debe contener el nombre, apellidos, domicilio, DNI//NIF/ o algún medio de identificación válido si son personas físicas o CIF si son personas jurídicas, la solicitud concreta, los hechos que motivan esta solicitud y el organismo al que va dirigida.

Ejemplos de Instancias Administrativas

Las instancias Administrativas más comunes son:

  • Presentación de proyectos en materia urbanística.
  • Presentación de documentos exigidos en materia de contratación pública o cualquier otro sector administrativo.
  • Solicitudes de información.
  • Solicitudes de actuación por parte de la Administración (como puede ser que arreglen una calle o pongan faroles en cualquier punto de la ciudad).

¿Cómo hacer una Instancia Administrativa?

Para hacer una Instancia Administrativa se deben seguir las siguientes pautas:

  1. Poner nombre y la fecha.
  2. Indicar domicilio a efectos de notificaciones y, en nuestra opinión, es recomendable poner email y telefóno.
  3. Indicar el organismo al que se dirige.
  4. Hacer una exposición de hechos clara y concisa que dé lugar a la pretensión por la cual se presenta la instancia.
  5. Que la petición sea concreta.
  6. Siempre que sea posible, adjuntar documentación que apoye vuestra petición.
  7. Asegurarse de tener un resguardo de la presentación y realizar un correcto seguimiento de la misma.

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Asesorarse antes de enviar una instancia o solicitud es la mejor forma de prevenir posibles consecuencias futuras ya que si, por citar un ejemplo, antes de enviar una instancia en materia urbanística se solicita asesoramiento de un experto se evitaría iniciar mal un expediente con lo cual reduciríamos enormemente la cantidad de sanciones que ocurren por desconocimiento o mala información.

Por eso en Simonet ABOGADOS estamos a vuestra disposición para solventar todas las dudas que podáis tener y ayudaros a tener el mayor éxito posible en cualquier asunto que tratéis con o contra la Administración Pública.

Preguntas frecuentes sobre la instancia administrativa

¿Qué significa «a instancia del ciudadano» en un procedimiento administrativo?

«A instancia del ciudadano» o «a instancia de parte» significa que el procedimiento administrativo lo inicia la persona interesada con su solicitud, y no la Administración por su cuenta, que sería «de oficio». Es lo que ocurre cuando pides una licencia, una ayuda o un certificado. La Ley 39/2015 regula este inicio en su artículo 66, que fija los datos mínimos que debe contener la instancia.

¿Qué datos debe incluir una instancia administrativa?

Una instancia administrativa debe incluir el nombre y apellidos del solicitante y, en su caso, de su representante; el medio o lugar para recibir notificaciones; los hechos, razones y petición concreta; el lugar y la fecha; la firma; el órgano al que se dirige y, si se conoce, su código de identificación. Así lo exige el artículo 66 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.

¿Cuánto tiempo tiene la Administración para responder a una instancia?

La Administración tiene el plazo que fije la norma de cada procedimiento y, si no fija ninguno, tres meses desde que la instancia entra en el registro del órgano competente, según el artículo 21 de la Ley 39/2015. Si no responde a tiempo, opera el silencio administrativo: por regla general es positivo en los procedimientos iniciados por el interesado, con excepciones como el acceso a información o el dominio público.

¿Se puede presentar una instancia administrativa en papel en 2026?

Sí, las personas físicas pueden presentar una instancia administrativa en papel en 2026 en cualquier oficina de registro de una Administración, como las oficinas de asistencia en materia de registros de los ayuntamientos de Mallorca. Las empresas, autónomos colegiados en su actividad profesional y otros sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015 están obligados a relacionarse por vía electrónica.

Si tu instancia ha sido rechazada o la Administración no contesta, nuestros abogados de derecho administrativo en Palma de Mallorca pueden ayudarte a recurrir.

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